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Código a la vanguardia 

10 de Junio 2018
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De 2010 a 2017, el Registro Civil de la Ciudad de México ha realizado 8 639 matrimonios de parejas del mismo sexo –54 % entre hombres y 46 % entre mujeres–, debido a que el Código capitalino estableció el matrimonio civil como “la unión libre de dos personas para realizar la comunidad de vida’’, con lo que reconoció, bajo el principio de igualdad y no discriminación, el derecho de cualquier persona a contraer matrimonio, más allá de su identidad de género y su orientación sexual.

Esta reforma amplió el universo de las personas titulares de este derecho, pasando de ser únicamente posible el matrimonio entre hombres y mujeres heterosexuales, a personas LGBTTTI.

Además, el pasado 10 de marzo se conmemoraron los tres años de las reformas a la legislación local civil realizadas en 2015, a partir de las cuales en la Ciudad de México se reconoció la identidad de género como “la convicción personal e interna, tal como cada persona se percibe a sí misma”.

De esta forma, las personas mayores de 18 años ya no requieren peritajes médicos, terapias, intervención quirúrgica o una resolución judicial a fin de que se les reconozca su derecho a elegir su identidad de género, y sólo es necesaria la libre manifestación de su voluntad ante el juez del Registro Civil, para que se les otorgue una nueva acta de nacimiento.

De acuerdo con la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, en estos tres años se han emitido 2 959 actas de nacimiento con el objetivo de reconocer  la identidad de género.

Sin embargo, la Comisión Nacional de Derechos Humanos de la Ciudad de México afirma que pese a estos avances, aún es necesaria una modificación amplia de los dispositivos del Código Civil, para que no existan posibilidades de interpretaciones discriminatorias contra la población lésbica, gay, bisexual, transgénero, travesti, transexual e intersexual (LGBTTTI).

 

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