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CIDH otorga medidas cautelares a pobladores cercanos a Río Santiago

08 de Febrero 2020
PANORAMA 2
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Washington, 8 Feb (Notimex).- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) adoptó una resolución mediante la cual otorgó medidas cautelares a favor de pobladores de las zonas aledañas al Río Santiago, en Jalisco, tras considerar que se encuentran en situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos por una presunta contaminación ambiental.

Solicitó a México adoptar “las medidas necesarias para preservar la vida, integridad personal y salud de los pobladores de las zonas hasta cinco kilómetros del Río Santiago en los municipios de Juanacatlán y El Salto, así como de los pobladores de las localidades de San Pedro Itzicán, Agua Caliente, Chalpicote y Mezcala en el municipio de Poncitlán”.

Puntualizó que el Estado debe adoptar medidas para brindar un diagnóstico especializado a las personas beneficiarias, proporcionarles atención médica adecuada, así mismo, solicitó que se informe sobre las resoluciones adoptadas para mitigar las fuentes de riesgo alegadas.

La CIDH dijo que tomó nota de la información que indica “la existencia de una importante contaminación ambiental en el Río Santiago y el Lago Chapala y observó con preocupación los estudios aportados por los solicitantes”.

Señaló que los estudios demuestran “altos porcentajes de indicios de enfermedades renales, presuntamente derivadas de la exposición a contaminantes presentes en el Río Santiago y sus entornos, además de la detección de pesticidas en la orina en menores de edad”.

Indicó que “28 personas habrían fallecido debido a enfermedades renales crónicas desde 2003, incluyendo una persona a mediados de 2019. Sumado a ello, la situación de riesgo de las poblaciones concernidas puede en efecto verse agravada por la existencia, según los solicitantes, de rudimentarios centros de salud, sin medicinas ni la infraestructura para atender a los enfermos renales, que tienen que trasladarse a la Ciudad de Guadalajara para su atención médica”.

Apuntó que valoró la información aportada por el Estado en el sentido de que el río “presentó una recuperación y el desarrollo de políticas públicas con miras a la recuperación, saneamiento y manejo sostenible del agua”.

Sin embargo, advirtió que las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR), no es idónea para la contaminación producida como consecuencia de residuos industriales por lo que puntualizó que el Estado “tienen la obligación de mitigar el daño ambiental significativo, inclusive cuando hubiera ocurrido a pesar de acciones preventivas o si se desconoce cuál es el origen de la contaminación, utilizando la mejor tecnología y ciencia disponible”.

-Fin de nota-

NTX/AES/FRM

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